Buenas noticias para los promotores y, en consecuencia, para los asistentes a los distintos festivales que se organizan en nuestro país a lo largo del año. El Tribunal Supremo ha rechazado la pretensión de la Sociedad General de Autores de España (SGAE) de que levantara provisionalmente la prohibición de cobrar el 10% de la taquilla de los conciertos que le impuso en noviembre de 2014 la Comisión Nacional de la Competencia.
Está sentencia ha alegrado a la Asociación de Promotores Musicales de España (APM), que se libra de una de las muchas rocas que se encuentran a lo largo del camino hacia la realización de un concierto o festival. Además de esta prohibición de cobrar el 10% de la taquilla, la sanción de la Comisión Nacional de la Competencia incluía también una multa de 3,1M de € a las SGAE.
El Tribunal Supremo de Justicia se sitúa así del lado de las empresas promotoras de los conciertos: "La fragilidad de las empresas promotoras de conciertos abunda en la idea de que debe considerarse su interés como especialmente necesitado de amparo cautelar al resultar especialmente sensibles a la exigencia de tarifas excesivas o desproporcionadas".
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